El sistema virtual de arbitraje de consumo de Las Torres de Cotillas cumple un año

Se realiza a través de videoconferencia, permite celebrar audiencias verbales y ha sido un éxito en su primer año de funcionamiento

El Sistema Virtual de Arbitraje de Consumo de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Las Torres de Cotillas acaba de cumplir un año de funcionamiento, en el que ha resuelto cerca de 200 audiencias a través de videoconferencias con un bagaje de más del 80% de laudos dictados a favor de los reclamantes. Este sistema de carácter gratuito, puesto en marcha gracias al material facilitado por la Dirección General de Consumo del Gobierno regional, "es una apuesta por un mejor servicio de los ciudadanos y por la consolidación de este sistema de arbitraje", señala la concejala de Consumo torreño, Inmaculada Fernández.

"Con este servicio de la Junta Arbitral de Consumo que no ha supuesto ningún coste a los torreños, los vecinos evitan los desplazamientos a la Dirección General de Consumo en Murcia y gastos innecesarios", explica Francisco Juan Sánchez, responsable de la OMIC torreña, que apunta que la cobertura de dicho sistema también cubre los municipios de Alguazas, Ceutí y Lorquí, así como a la pedanía murciana de Javalí Nuevo, cuyos vecinos se desplazan a la localidad torreña para celebrar sus audiencias. "Nuestra localidad está incorporada al 'Proyecto AVIR', que permite realizar audiencias verbales mediante videoconferencia desde la sede del OMIC local, situado en el Auditorio Municipal", manifiesta Sánchez, que apunta que "la gran mayoría de audiencias celebradas han sido sobre expedientes relacionados con la telefonía móvil, fija y servicio de Internet".

Procedimiento extrajudicial

La Junta Arbitral de Consumo resuelve –mediante un procedimiento extrajudicial- los desacuerdos de tipo económico o similares que se produzcan entre consumidores y empresarios, comercios o profesionales. Forma parte del Sistema Arbitral de Consumo, presente en todas las Comunidades Autónomas de España. Esta Junta sólo puede intervenir cuando la empresa está adherida al arbitraje de consumo o cuando expresamente y por escrito lo acepte para un caso concreto que se le proponga, sin perjuicio de la protección administrativa y judicial.

"En Las Torres de Cotillas ya se han adherido una gran cantidad de empresas a este sistema tras la sucesivas campañas que, en colaboración con la asociación de comerciantes 'Área Comercial de las Torres', hemos realizado", expone la concejala torreña, que recuerda que las empresas, comercios o profesionales que se adhieran al arbitraje de consumo reciben un distintivo oficial y son incluidos en las "Páginas del Consumidor", todo un símbolo de calidad y confianza para el consumidor. La Junta Arbitral de Consumo ofrece un procedimiento ágil que se caracteriza por gratuidad, efectividad (los laudos dictados son de obligado cumplimiento), voluntariedad (sólo se usa si ambas partes lo solicitan), sencillez e imparcialidad.

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